Una reciente sentencia del TJUE ha establecido que es contrario a la normativa europea y a la transparencia en los contratos bancarios aplicar intereses sobre cantidades que no correspondan exclusivamente a capital prestado. Lo anterior se aplica tanto a financiaciones de vehículos como a préstamos personales sin una finalidad especificada en el contrato, siempre que el prestatario sea un consumidor.
Se avecina una auténtica revolución en el mercado financiero de los préstamos al consumo a raíz de esta resolución judicial.
¿Cuál es el problema y qué dice la Sentencia?
En la mayoría de préstamos bancarios con consumidores el banco concede un dinero que es el capital financiado y, además, cobra una comisión de apertura, unos gastos de formalización, un corretaje o capitaliza seguros obligatorios y otros conceptos. El resultado es que el capital prestado pasa a engrosarse con dichos conceptos y el banco aplica el interés no solo sobre el importe financiado, sino sobre la suma de dicho importe y los demás conceptos.
La STJUE de 23 de abril de 2026 declara contrario al Derecho de la Unión Europea la realización de tal práctica, determinando que el interés ha de aplicarse exclusivamente sobre el importe financiado.
¿Cómo afecta la Sentencia a mi préstamo?
La Sentencia es aplicable a todos los préstamos personales o de financiación de cualquier bien (vehículos, electrodomésticos, equipos informáticos) siempre que el prestatario sea un consumidor, es decir, siempre que tú hayas contratado el préstamo al margen de tu actividad profesional o comercial (si es que la tienes). Esto determina que préstamos otorgados para un viaje, una reforma doméstica o una prótesis dental, auditiva u óptica pueden estar afectados por esta práctica indebida que lleva realizándose décadas por la práctica totalidad de los bancos.
Es indiferente que el préstamo aún lo estés pagando o que terminaras de hacerlo hace años. Tampoco importa la cantidad que financiases o el tipo de interés que pactases. Lo fundamental es que haya habido comisión de apertura o gastos que se hayan incluido por el banco a la hora de integrar el capital sobre el que hayan aplicado intereses.
Te ponemos un ejemplo:
Juan financia la compra de un coche que le costaría 25.000 euros, pero él ya tiene 10.000 ahorrados así que tan solo pide los 15.000 que le faltan al banco. La entidad bancaria aplica una comisión de apertura del 1% (150 euros) y además le obliga a contratar un seguro, cuya prima de 700 euros anuales capitaliza. El banco está prestando 15.000 euros, pero tus intereses se están calculando no sobre esos 15.000, sino sobre la suma de 15.000 + 150 + 700, es decir, sobre 15.850 euros.
A más importe financiado, mayor importe de intereses que no estarías obligado a pagar.
¿No sabes cómo mirarlo? No es problema, contacta con nosotros a través de nuestro email y haremos la revisión por ti.
¿Qué consecuencias tendría para mí el hecho de que mi préstamo estuviese afectado por la Sentencia?
La aplicación de intereses sobre una cantidad inadecuada implica falta de transparencia del contrato, porque el consumidor jamás habría tenido oportunidad real de conocer el coste económico del mismo, dado que los intereses cobrados serían incorrectos. Ello podría suponer la nulidad de la citada cláusula de intereses con la consecuente desaparición de la obligación para el consumidor de abonarlos, de manera que tan solo habría que devolver el capital financiado en las cuotas pactadas. Sí, como lo lees, tu contrato podría quedar libre de intereses.
¿Y si ya hubieses terminado de pagarlo? No te preocupes, en ese caso el banco tendría que devolverte la totalidad del importe que hubieses abonado en concepto de intereses si se lograse que la cláusula que los contiene fuese declarada abusiva por no estar los intereses calculados sobre el importe correcto.
Adicionalmente a lo anterior, habría que revisar otras cuestiones como por ejemplo que la T.A.E indicada en el contrato estuviese bien calculada. Te sorprendería la cantidad de veces que no es así!! No solo sucede en contratos online o con micropréstamos. La T.A.E no está bien especificada en contratos firmados con las principales entidades bancarias que salen en televisión y que todo el mundo conoce.
Por último e independientemente de lo anterior también se revisaría si la comisión de apertura es abusiva por no corresponder su importe a servicios efectivamente prestados, por no estar debidamente descrita en el contrato o por tener un importe excesivo.
¿Qué plazo tengo para reclamar la devolución de los intereses cobrados indebidamente?
El plazo para declarar abusiva por falta de transparencia de la cláusula que esté aplicando los intereses sobre una cantidad integrada no solo por el capital prestado, sino también por los restantes conceptos indebidos no prescribe.
Desde el momento en que una sentencia declare que tu concreto contrato tiene una cláusula abusiva hay cinco años para reclamarle al banco dichos gastos, en el caso de que no los hayas cuantificado ya en la propia reclamación (que es lo que suele hacerse).
Por tanto, estés pagando un préstamo personal o de financiación de vehículo, prótesis, reforma, viaje etc, estás a tiempo de que nuestro equipo revise tu contrato y determine si existe posibilidad de reclamar al banco la devolución de los intereses.
¿Cuál es el procedimiento?
La Ley obliga a mandar una reclamación previa antes de la vía judicial. Pasado un mes sin respuesta o con una respuesta no satisfactoria en la que el banco no reconozca la abusividad, se puede iniciar la vía judicial, que irá por los trámites del juicio verbal.
Una vez admitida la demanda, el banco tendrá un plazo para contestarla y, transcurrido, el juzgado podrá decidir celebrar juicio o directametne dictar sentencia.
En caso de estimación total de las pretensiones, el juzgado declarará la abusividad de la cláusula de intereses y la tendrá por no puesta en el contrato. Igualmente, condenará a devolver el importe abonado de más por el consumidor. Por último, impondrá el pago de las costas (honorarios de tu abogado y procurador) al banco.
Contacta con nosotros, somos abogados expertos en revisión de préstamos, detección de cláusulas abusivas y reclamación a las entidades bancarias, con múltiples casos favorables en nuestro haber.


