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7. Modificación de condiciones laborales

La modificación de condiciones laborales, ya sea en jornada, horario, salario o en el régimen y distribución del trabajo, puede generar un impacto directo en tu vida personal y profesional. Aunque la empresa tiene ciertas facultades para introducir cambios, no puede hacerlo de manera unilateral ni arbitraria: debe justificar la medida, respetar los límites legales y ajustarse a lo que establece el convenio colectivo.

En muchas ocasiones, estas modificaciones afectan a la conciliación, reducen derechos adquiridos o alteran de forma significativa las condiciones pactadas, por lo que es fundamental analizar si la decisión empresarial está realmente amparada por la ley. En Ruiz Martín Abogados estudiamos tu caso con detalle, valoramos la legalidad del cambio y te asesoramos sobre las vías para impugnarlo cuando vulnera tus derechos o supone un perjuicio injustificado.


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Preguntas frecuentes

¿Puede la empresa cambiarme el horario de trabajo?

Sí, la empresa puede cambiarte el horario de trabajo, pero no de forma arbitraria. Este tipo de medida se encuadra dentro de las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, reguladas en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. Para que sea legal, debe existir una causa económica, técnica, organizativa o de producción que lo justifique.

Además, la empresa debe respetar un procedimiento formal, incluyendo un preaviso mínimo de quince días y la posibilidad de que el trabajador impugne la medida. Si el cambio afecta de forma importante a tu vida personal o familiar, puedes recurrirlo judicialmente o incluso solicitar la extinción del contrato con derecho a indemnización.


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