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6. Movilidad funcional

La movilidad funcional se produce cuando la empresa modifica de forma unilateral las funciones que venías desempeñando y te asigna tareas distintas a las habituales. Aunque la ley permite ciertos cambios, estos deben respetar límites muy concretos: las nuevas funciones deben encajar dentro de tu grupo profesional, no pueden suponer una degradación, y siempre deben ajustarse a lo que establece el convenio colectivo.

En la práctica, muchas empresas utilizan la movilidad funcional para imponer tareas de mayor responsabilidad sin reconocer la categoría correspondiente, o para asignar funciones inferiores que afectan a la dignidad profesional del trabajador. Por eso es fundamental analizar si el cambio está realmente justificado y si cumple los requisitos legales.

En Ruiz Martín Abogados revisamos tu situación, valoramos si la medida es válida y te asesoramos sobre las opciones para impugnarla cuando vulnera tus derechos o altera de forma injustificada tus condiciones laborales.


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Preguntas frecuentes

La empresa me ha puesto a realizar funciones superiores a aquellas para las que estoy contratado, ¿qué puedo hacer?

Si la empresa te asigna funciones superiores a tu categoría profesional, estás ante un supuesto de movilidad funcional ascendente. Esta situación es legal si es temporal y está justificada, pero si se prolonga en el tiempo, puedes reclamar el reconocimiento de la categoría superior y el correspondiente aumento salarial.

Puedes reclamar categoría superior por funciones reales. La clave está en demostrar que esas funciones superiores no son puntuales, sino habituales. En ese caso, tienes derecho a percibir el salario correspondiente a esa categoría mientras las desempeñas.

Además, puedes iniciar una reclamación formal ante la empresa y, si no hay respuesta, acudir a la vía judicial. Un juez puede reconocer tu categoría real y obligar a la empresa a pagarte las diferencias salariales con carácter retroactivo (hasta un año).


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