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¿Qué hacer si te sancionan en el trabajo?

¿Qué hacer si te sancionan en el trabajo?

Recibir una sanción laboral puede generar preocupación e incertidumbre, especialmente cuando el trabajador considera que la medida es injustificada o desproporcionada. Sin embargo, antes de tomar cualquier decisión, es fundamental comprender qué supone realmente una sanción y cuáles son sus implicaciones.

Una sanción laboral es una medida disciplinaria que la empresa puede imponer cuando entiende que un empleado ha incumplido sus obligaciones laborales, las normas internas de la organización o las disposiciones recogidas en la legislación y en el convenio colectivo aplicable. Dependiendo de la gravedad de los hechos, las sanciones pueden abarcar desde una simple amonestación por escrito hasta una suspensión de empleo y sueldo o, en los casos más graves, un despido disciplinario.

No obstante, el poder disciplinario empresarial no es ilimitado. La empresa debe actuar dentro del marco legal, respetando los procedimientos establecidos y garantizando los derechos de defensa del trabajador. Por ello, la recepción de una sanción no implica automáticamente que esta sea válida o ajustada a derecho. En nuestro despacho estamos para analizar dicha sanción y defenderte.

Analizar la comunicación recibida y verificar su legalidad

El primer paso tras recibir una sanción consiste en examinar detenidamente la documentación entregada por la empresa. Es importante revisar los hechos que se imputan, la fecha en que supuestamente ocurrieron, la calificación de la falta y la sanción impuesta. No tiene sentido negarse a firmar la recepción, porque la empresa podrá demostrar por testigos que se puso la carta o documento de comunicación de sanción a tu disposición.

La comunicación debe ser siempre escrita, clara y suficientemente detallada para que el trabajador pueda conocer exactamente qué conducta se le atribuye. Además, debe respetar los requisitos formales previstos en la normativa laboral y en el convenio colectivo correspondiente. Una descripción genérica, ambigua o insuficiente de los hechos puede constituir un defecto relevante que afecte a la validez de la sanción.

También resulta aconsejable comprobar si la medida disciplinaria es proporcional a la conducta atribuida. No todas las infracciones justifican la misma respuesta empresarial, y una sanción excesiva puede ser objeto de impugnación. En esta fase, una revisión minuciosa de la documentación puede ayudar a detectar errores formales o inconsistencias que resulten relevantes en una eventual reclamación.

En nuestro despacho somos expertos en el análisis detallado de sanciones. Estudiaremos la carta que la empresa te haya entregado, la cotejaremos con el Convenio Colectivo y el Estatuto de los Trabajadores y comprobaremos si lo que alegan tiene algún encaje legal.


Recopilar pruebas y buscar asesoramiento especializado

Si el trabajador considera que la sanción es injusta o carece de fundamento, debe comenzar cuanto antes a recopilar toda la información relacionada con el caso. Correos electrónicos, mensajes corporativos, registros horarios, informes de trabajo, justificantes médicos o testimonios de compañeros pueden convertirse en elementos clave para acreditar su versión de los hechos.

La rapidez en esta actuación es especialmente importante, ya que determinadas pruebas pueden desaparecer con el paso del tiempo o resultar más difíciles de obtener posteriormente. Mantener un archivo organizado de toda la documentación permitirá preparar una defensa más sólida y eficaz.

Asimismo, es recomendable solicitar asesoramiento profesional desde las primeras fases del procedimiento. Un abogado especializado en derecho laboral puede analizar la situación, valorar la legalidad de la sanción y orientar sobre las opciones disponibles. Contar con apoyo experto facilita la toma de decisiones y reduce el riesgo de cometer errores que puedan perjudicar una futura reclamación.

¿Qué hago una vez que tengo recopiladas las pruebas? Papeleta de conciliación en el SMAC

Cuando existen motivos para impugnar la sanción, el siguiente paso suele consistir en presentar una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o el organismo equivalente de la comunidad autónoma correspondiente. Este trámite tiene como finalidad intentar resolver el conflicto de forma extrajudicial antes de acudir a los tribunales.

El SMAC te dará una fecha y hora para que acudas a una comparecencia en la cual se tratará exclusivamente de llegar a un acuerdo sobre la procedencia o no de la sanción. Tu empresa no está obligada a acudir a la conciliación y, si lo hace, tampoco está obligada a aceptar ningún acuerdo.

La conciliación constituye una oportunidad para que trabajador y empresa expongan sus posiciones y exploren posibles soluciones. Entre los resultados más habituales se encuentra el acuerdo, que puede implicar la retirada total de la sanción, la reducción de su alcance o cualquier otra solución aceptada por ambas partes. Cuando se alcanza un acuerdo, este adquiere eficacia vinculante y pone fin al conflicto.

También puede ocurrir que el acto de conciliación se celebre sin avenencia, es decir, que ambas partes comparezcan pero no logren alcanzar un entendimiento. En ese caso, el trabajador conserva plenamente su derecho a acudir a la vía judicial para que sea un juez quien resuelva la controversia.

Por último, puede suceder que la empresa no comparezca al acto de conciliación pese a haber sido correctamente citada. En tal supuesto, se hará constar su incomparecencia en el acta correspondiente, circunstancia que permitirá igualmente continuar con la reclamación judicial y que, en determinados casos, puede ser valorada por el órgano jurisdiccional a la hora de imponer a la empresa las costas.

La presentación de la papeleta paraliza el plazo de 20 días para presentar la demanda. Por ejemplo, si te han notificado la sanción un lunes 19 y tú interpones la papeleta el jueves 22, tan solo habrás consumido 2 días del plazo de 20 y aún te restarán 18. En caso de no haber acuerdo en la conciliación, desde el día siguiente a su celebración volverá a reanudarse el plazo pendiente (en este caso 18 días) para presentar demanda en los juzgados de lo social.

Si transcurren más de 15 días hábiles entre el momento en que presentas la papeleta de conciliación y el día en que tal conciliación se celebra, el plazo para interponer la demanda también se reanuda (aunque todavía no hayas celebrado la conciliación).


Puede parecerte que la sanción, sobre todo en casos leves como meras amonestaciones o en otros si has tenido alguna participación en los hechos, no merece la pena recurrirla. Desde nuestro despacho es algo que te desaconsejamos, debido a que la empresa es quien tiene la carga de la prueba de demostrar en sede judicial aquello que te está imputando en la carta. Si no recurres en el plazo anteriormente indicado, tu derecho caducará y la sanción será confirmada, lo cual puede perjudicarte en caso de futuras sanciones (incluyendo el despido) por el hecho de la reincidencia, haciendo más difícil su impugnación en ese momento futuro.

¿Cómo se impugna la sanción si no hay acuerdo en el SMAC?

Si la conciliación no concluye con un acuerdo satisfactorio, el trabajador podrá presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social competente. En esta fase será necesario exponer los hechos, los fundamentos jurídicos que sustentan la impugnación y las pretensiones concretas que se solicitan al tribunal.

Durante el procedimiento judicial, ambas partes tendrán la oportunidad de aportar documentación, proponer testigos y presentar las pruebas que consideren oportunas para defender su posición. El juez analizará tanto los hechos que motivaron la sanción como el cumplimiento de los requisitos formales y el respeto al principio de proporcionalidad.

Tras la celebración del juicio, el órgano judicial podrá confirmar la sanción, revocarla total o parcialmente o incluso declararla nula cuando aprecie vulneración de derechos fundamentales u otras infracciones especialmente relevantes. En función del caso, la resolución puede comportar la eliminación de antecedentes disciplinarios, la devolución de cantidades descontadas indebidamente o cualquier otra consecuencia necesaria para restablecer los derechos del trabajador.

La posibilidad de acudir a los tribunales constituye una garantía esencial dentro del sistema laboral, ya que permite someter la actuación disciplinaria de la empresa al control de un órgano independiente e imparcial. Por ello, cuando existan dudas razonables sobre la legalidad o proporcionalidad de una sanción, la vía judicial se convierte en un instrumento fundamental para la protección efectiva de los derechos laborales.

¿Necesito abogado para recurrir la sanción?

No. NI la papeleta de conciliación ni la demanda tienen por qué interponerse con abogado y procurador, con independencia del tipo de sanción.

No obstante, es muy aconsejable realizar ambos trámites asistido de un abogado experto en sanciones para asegurar la mejor defensa de tus intereses y evitar la comisión de cualquier error involuntario.

¿Si pierdo el recurso de la sanción tendré que pagar costas?

No. En la jurisdicción social no hay imposición de costas aunque se pierda la impugnación de la sanción, a no ser que el juez estime que el recurso ha sido totalmente temerario y carente de fundamento, cuestión que no suele suceder en la práctica.

Por tanto, siempre es aconsejable recurrir una sanción, dado que en el juicio la carga de la prueba para demostrar que cometiste la infracción en la que se basa tal sanción no es tuya sino de tu empresa. En la práctica es mayoritario que los recursos de sanciones en cualquier sector (vigilancia, supermercados, oficinas, industrias..) sean ganados por los trabajadores por tal motivo.

No debes temer perder el recurso y tener que pagar costas, puesto que eso rara vez sucede, de forma que siempre que recurras tendrás algo que ganar y nada que perder.

¿Cuánto me va a costar el abogado para recurrir o impugnar una sanción?

Nuestros honorarios ofrecen diferentes modalidades .

  • Tarifa fija por la total tramitación del procedimiento.
  • Tarifa inicial más un variable final en función del resultado del pleito.
  • Así mismo, siempre damos facilidades de pago en cuanto al fraccionamiento. No dudes en consultarnos, tenemos el precio más ajustado para ti.

¿Cuándo acudir a un abogado laboralista si me han sancionado?

Acude a nosotros en el mismo momento en que recibas la carta de sanción o la apertura de expediente contradictorio previa a un procedimiento sancionador. Te asesoraremos a la mayor brevedad y dándote el trato y la prioridad que la situación merece.