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2. Recursos administrativos

Los recursos administrativos son la vía ordinaria para revisar cualquier decisión de la Administración que te perjudique. Si te han denegado una solicitud (subvenciones, ayudas, autorizaciones, permisos u otros trámites) debes saber que esa resolución no es definitiva: puede ser impugnada y sometida a un nuevo análisis dentro de la propia Administración.

A diferencia de los procedimientos judiciales, los recursos administrativos se tramitan ante el mismo órgano que dictó la resolución o ante su superior jerárquico, siguiendo plazos estrictos y requisitos formales que, si no se cumplen, pueden cerrar la puerta a una revisión posterior. Solo cuando el recurso es desestimado —expresa o tácitamente— se abre la vía contencioso‑administrativa, ya ante los tribunales.

En Ruiz Martín Abogados estudiamos tu caso desde el momento en que recibes la notificación, valoramos la viabilidad del recurso y preparamos la estrategia más adecuada para defender tus intereses y revertir la decisión administrativa.


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Preguntas frecuentes

¿Que cuestiones pueden ser recurridas administrativamente?

Ante respuestas denegatorias de la Administración pública (ayuntamientos, comunidades autónomas, provincias, ministerios etc..) siempre cabe recurso cuando la resolución impida la continuación del procedimiento o le ponga fin.


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